Audiencias del Secretario Judicial

También en

Notas finales

Por
Massachusetts Law Reform Institute
Reviewed
Revisado
Text

Las audiencias tienen lugar cuando usted o la policía presentan una demanda penal contra alguien. Esta audiencia se llama "Audiencia del Secretario Judicial" (Clerk Magistrate Hearing) o a veces "Audiencia de Demostración de la Causa" (Show Cause Hearing). La audiencia es para decidir si hay o no información suficiente para demostrar que la persona abusiva puede haber cometido un delito. Le pedirán que asista a esta audiencia si usted es la víctima de un delito, incluso si no fue usted quien presentó la demanda penal.

Widgets
¿Qué es una Audiencia del Secretario Judicial?

En los tribunales hay una persona llamada "Secretario Judicial" (Clerk Magistrate). El Secretario Judicial es un funcionario que trabaja en los tribunales pero no es un juez.

Cuando la policía u otra persona presenta una demanda penal, el Secretario Judicial programa una audiencia. Esta audiencia se puede llamar también "Audiencia del Secretario" (Clerk's Hearing) o "Audiencia de Demostración de la Causa" (Show Cause Hearing).

La audiencia es para ver si hay información suficiente para demostrar que el demandado puede haber cometido un delito. Esta audiencia se desarrolla antes de que se acuse formalmente a alguien de un delito. La oficina del Fiscal de Distrito no participa aún y nadie tiene derecho a un abogado. Esto se debe a que el proceso penal todavía no comenzó.

Recibirá una carta del tribunal por correo postal con la fecha y hora de la audiencia. Si fue la policía quien presentó la demanda penal, la carta dirá que el caso es del Departamento de Policía contra la persona abusiva. Si usted presentó la demanda, dirá su nombre contra la persona abusiva.

Es posible que la audiencia no se desarrolle en una sala del juzgado. A menudo se realiza en una sala de conferencias muy pequeña. El tribunal le pedirá a la persona abusiva que asista. La persona abusiva puede estar presente en la audiencia. La audiencia no se graba y no está abierta al público.

¿Qué sucede en una Audiencia del Secretario Judicial?

El Secretario Judicial leerá la demanda. Luego, le pedirán al denunciante (la persona que hizo la presentación) que les diga lo que hizo la otra persona. Si fue la policía quien presentó la demanda penal, por lo general un detective u oficial de policía le leerá el informe policial al Secretario Policial. Después, usted, que es la víctima, puedes contarle al Secretario Judicial lo que le sucedió.

Nota:

Es importante que asista a esta audiencia, incluso si fue la policía quien presentó la demanda. Si no lo hace, tal vez el Secretario Judicial no pueda librar los cargos. Podría pensar que no participará de un caso criminal o que no le importa el resultado.

Si presentó la demanda usted mismo, testificará bajo juramento sobre lo sucedido. Diga la verdad. Asegúrese de que lo que diga sea lo mismo que le dijo a la policía y lo que estaba en tu formulario de demanda.

Puedes aportar testigos y pruebas. Sus testigos también pueden declarar. Muestre al Secretario Judicial cualquier fotografía, registro policial u hospitalario, o facturas de daño a la propiedad que tenga. No hay problema si no tiene nada de esto. De todas maneras tendrá evidencia, porque sus declaraciones hechas bajo juramento son evidencia.

También la persona abusiva tiene derecho a hacer una declaración. Puede tener un abogado. Y el abogado puede hacerle preguntas. También puede contratar a un abogado o preguntar si un abogado puede estar en la sala para apoyarlo.

¿Qué ocurre después de la audiencia del Secretario Judicial?

El Magistrado Judicial decidirá si hay hechos suficientes como para saber si ocurrió un delito. Si el Secretario Judicial decide que hay información suficiente, emitirá una demanda penal. A continuación, el Secretario Judicial o bien:

  • Enviará a la persona abusiva una "citación" ordenándole que vaya al tribunal para una "lectura de cargos" o
  • emitirá una "orden de detención" en su contra.

A veces, el Secretario Judicial dirá que va a "mantener la demanda abierta" por algún tiempo. Esto significa que le está dando al acusado una advertencia, pero que podría presentar cargos si sucede algo más.

Si el Secretario Judicial decide que no hay suficiente información como para saber si ocurrió un delito, no presentará una demanda. El caso se cerrará. La persona acusada del delito no tendrá un antecedente penal a partir de la audiencia si no se emite una demanda.

Si el Secretario Magistrado emite una orden de detención, ¿cómo se llevará a cabo el arresto y cómo me enteraré de ello?

Si el Secretario Magistrado emite una orden de detención, entonces la policía buscará a la persona abusiva. La policía la llevará al tribunal de distrito para la lectura de cargos.

Si el juzgado está cerrado cuando la policía arresta a la persona abusiva, la policía puede ponerla en prisión en una celda hasta la lectura de cargos. Podría "pagar una fianza" (entregar dinero para que la policía lo retenga). Si la persona paga la fianza, podría quedar libres hasta la lectura de cargos. Por lo general, la lectura de cargos se lleva a cabo a primera hora del siguiente día laborable.

La policía debería informarle que ha arrestado a la persona que lo (la) maltrató. También debería avisarle si deciden dejarla libre y el momento de la liberación. La policía no siempre recuerda llamar y avisarle. Si no tiene novedades de la policía, puede llamarlos. O comuníquese con el Defensor de Víctimas/Testigos en la Oficina del Fiscal de Distrito para solicitarle ayuda.

¿En qué se diferencia esto de que la policía arreste a la persona abusiva sin que yo presente una demanda penal?

Si la policía arresta a la persona abusiva después de un incidente, la Oficina del Fiscal de Distrito presentará automáticamente cargos en su contra. Si la Oficina del Fiscal de Distrito presenta cargos, no es necesario que presente una demanda penal usted mismo. El caso pasa directamente a una "lectura de cargos". No hay audiencia del Secretario Magistrado ni orden de detención.

Resource Boxes
Más recursos
A quién llamar para recibir ayuda por violencia doméstica
Violencia doméstica: a quién llamar para recibir ayuda

Llame al 911 si se encuentra en peligro ahora mismo.

Si no está en peligro inmediato, comuníquese con:

Vea la lista Jane Doe de programas sobre violencia doméstica de Massachusetts y los recursos judiciales de seguridad y asistencia.

Feedback

¿Le resultó útil esta página?