¿Cuál es el tribunal “correcto”?
Si usted necesita obtener una orden de protección 209A, debe recurrir al tribunal con competencia en la zona donde vive. Si se mudó porque estaba siendo víctima de abuso, aún puede presentarse ante el tribunal correspondiente a su residencia anterior. También puede presentarse ante el tribunal con competencia en su nueva residencia.
¿Qué sucede si me presento ante un tribunal “equivocado”?
Es posible que termine en un tribunal “equivocado”; es decir, un tribunal que no es competente ni en su antigua ni en la nueva residencia.
- Si se presenta por error ante un tribunal “equivocado”, el juez solo debe enviarle al tribunal “correcto” si está seguro de que:
- es seguro que usted se presente ante el tribunal “correcto”;
- es lo suficientemente temprano en el día para obtener una audiencia en el tribunal “correcto”; y
- tiene transporte para llegar al tribunal “correcto”.
- Si el juez le envía al tribunal “correcto”, debe decirle al tribunal que le espere.
- Si el juez decide no enviarle al tribunal “correcto”, puede pedirle que entienda en su caso. Luego, el juez debe llevar a cabo su audiencia.
Si el juez expide una orden de emergencia, dicha orden puede durar hasta diez (10) días. La próxima audiencia tendrá lugar en la sala del tribunal “correcto”. Se le notificará sobre dónde debe presentarse.
Consulte la sección 1:09 de las Directrices de 2021, página 49.