3. ¿Puedo averiguar quién me denunció al Departamento de Niños y Familias?
El Departamento de Niños y Familias (DCF, por sus siglas en inglés) no puede decirle el nombre de la persona que le denunció. A veces la persona que presenta la denuncia no da su nombre al DCF.
Algunas personas que trabajan con niños tienen que presentar una denuncia al DCF cuando piensan que alguien está maltratando a un niño o descuidándolo. Estas personas se llaman “denunciantes obligatorios” (mandated reporters) e incluyen:
- médicos
- maestros
- miembros del personal de las guarderías, y
- trabajadores sociales
Aunque el DCF no le puede decir quién le denunció, sí le tiene que dar los detalles de lo que dijo la persona. A veces usted puede adivinar quién presentó la denuncia. Si piensa que la persona que le denunció al DCF es la misma persona que le abusó, dígaselo al trabajador social. Dígale al trabajador social si piensa que la persona le denunció porque está enojado o le quiere lastimar.
4. ¿Puedo leer el informe?
Usted tiene derecho a ver una copia del informe. El informe se llama “informe 51A”. También tiene derecho a ver el informe del DCF sobre la investigación. El informe sobre la investigación se llama “informe 51B”. El nombre “51B” se refiere a la sección 51B del capítulo 119 de las Leyes Generales de Massachusetts (section 51B of Chapter 119 of the Massachusetts General Laws). Estos son los pasos que puede tomar para pedir una copia de estos informes:
- Escriba una carta al Director Regional del DCF
Usted puede encontrar su dirección en el sitio web del Departamento de Niños y Familias (find the address on the Department of Children and Families website).
- En la carta, pida ver los informes 51A y 51B.
- Retenga una copia de la carta antes de enviarla.
El DCF le enviará o una copia de los informes o una carta explicándole por qué no se los va a enviar. Se toma bastante tiempo recibir una respuesta del Departamento. Si recibe un informe, no contendrá el nombre de la persona que le presentó la denuncia al DCF.