La madre tiene la custodia legal y física exclusiva de su hijo si no hay ninguna orden judicial sobre la custodia de éste.
Si usted no está casada(o) y necesita una orden de custodia, el juez debe1 :
- proteger la relación que hay entre el niño y su cuidador principal en la medida de lo posible;
- tomar en cuenta con quién vivió el niño en los seis meses anteriores al inicio del caso de custodia;
- tomar en cuenta si el padre tiene una relación personal y paternal/maternal con el niño; y
- tomar en cuenta si el padre ha ejercido su responsabilidad paternal/maternal en el mejor interés del niño, por ejemplo, al proporcionarle un hogar, hacer sus citas médicas y llevarlo a la escuela a tiempo.
El juez sólo puede ordenar la custodia conjunta si los padres tienen:
- un acuerdo de custodia; o
- si han ejercido bien su responsabilidad paternal/maternal juntos, por ejemplo: si tomaron buenas decisiones juntos antes de que se iniciara el caso.