Proteger a los niños de la violencia doméstica es en su mejor interés. Si usted tiene una Orden de Protección contra el Maltrato 209A, el juez debe tomarla en cuenta al tomar decisiones sobre la custodia. Usted no necesita tener una Orden 209A para que el juez tome en consideración la violencia doméstica. Usted puede hablar del tema en su caso.
Si le demuestro al juez que hay violencia doméstica, ¿cómo decidirá la custodia?
Si le demuestra al juez que hay violencia doméstica en su relación con el otro padre, el juez debe tomarlo en consideración. Los niños sufren cuando uno de los padres maltrata al otro.
Si el otro padre ha ha abusado de usted grave o repetidamente, el juez no le dará al otro padre la custodia legal ni la física.1
El juez debe tener una razón muy poderosa para tomar la decisión de darle la custodia al padre abusivo, y debe explicar sus motivos por escrito.
Importante
Usted no necesita tener una Orden de Protección contra el Maltrato 209A para demostrarle al juez que ha sufrido maltratos a manos del otro padre.
¿Qué ocurre si tengo una Orden de Protección contra el Maltrato 209A?
Una Orden de Protección contra el Maltrato 209A por sí sola no significa que el juez le otorgará la custodia exclusiva.
No obstante, la orden 209A significa que el otro padre ha abusado de usted. Probablemente sea riesgoso que usted tome decisiones sobre su hijo con alguien que ha abusado de usted.
Además, una persona abusiva puede usar la custodia compartida como un medio de control y hostigamiento contra usted, en vez de hacer lo que es mejor para el niño. Por ejemplo, cuando el niño pasa tiempo con el otro padre, éste puede hacer que sea imposible planear o cumplir el horario de tiempo para la crianza de los hijos.
Si su orden 209A dice que el otro padre no puede tener contacto con usted, el juez tiene un buen motivo para otorgarle a usted la custodia legal exclusiva. El otro padre no puede compartir con usted la toma de decisiones importantes sobre su hijo si no puede comunicarse con usted.
Si su orden 209A dice que el otro padre no puede tener contacto con su hijo, el juez tiene un buen motivo para ordenar la custodia física exclusiva. Si la orden 209A dice que el otro padre no puede tener contacto con su hijo, significa que el juez ha decidido que el contacto del otro padre con su hijo no es seguro.
Si usted está casada(o) con el padre/madre y tiene una orden 209A, el juez puede ordenar solamente la custodia conjunta si declara por escrito por qué cree que la custodia conjunta podría funcionar.
Por lo tanto, si tiene una Orden de Protección 209A contra su cónyuge, el juez solamente puede obligarla(o) a compartir la custodia legal o física de los hijos si explica por escrito por qué la custodia conjunta es una buena decisión.
Endnote
1 “La decisión de un tribunal de sucesiones, tutela y relaciones familiares, por preponderancia de pruebas de que un patrón de maltrato o un incidente grave de abuso ha ocurrido, creará una presunción rebatible de que no es en el mejor interés del niño colocarlo en custodia exclusiva, o en custodia física o legal conjunta con el padre/madre que es abusivo”. Leyes Generales, Capítulo 208, sección 31A.